Reglamento de mascotas
- Enero, 27, 2020
REGLAMENTO DE MASCOTAS
POLÍTICA PARA INGRESO DE MASCOTAS O ANIMALES DE COMPAÑÍA
Multiplaza PH, permitirá el ingreso de animales de compañía siempre que los propietarios o tenedores cumplan con los siguientes parámetros:
CUIDA TUS MASCOTAS ES CULTURA MULTIPLAZA
Recuerda seguir estas recomendaciones en tu visita a Multiplaza, para que todos pasemos un rato agradable en el mall:
1. Para tu visita no olvides el kit de limpieza de tu mascota y hacerte cargo de su rutina. Este kit mínimo, debe estar compuesto por una bolsa de basura y toallas de limpieza.
2. Recuerda no se permite el ingreso de mascotas en las ZONAS DE COMIDAS piso 3 (plazoletas de comidas, restaurantes de mantel y cafés) y baños. apegados al código de policía y/o bajo el reglamento del c.c.
3. El ingreso a los locales de ropa/retail dentro del centro comercial está sujeto a las políticas internas de cada marca, es decir son las marcas quienes deciden si las mascotas pueden entrar a los establecimientos.
4. No se permite el uso de escaleras eléctricas para los perros. Únicamente pueden desplazarse por los ascensores.
5. Ten en cuenta que el ingreso al centro comercial con un animal de compañía está bajo tu responsabilidad, por lo tanto, debes cuidar las acciones o daños que las mascotas cause al centro comercial propios o terceros. Para los locales y zonas de comida se prohíbe el ingreso de mascotas. Código de policía y convivencia ART 94 ítem 4 y ART 117
6. En caso de que cualquier persona o mascota pueda resultar perjudicada por un animal, el dueño debe asumir total responsabilidad de los costos que se generen por el daño ocurrido.
7. No está permitido ingresar con tu mascota cuando este en periodo estral (comúnmente conocido como celo).
8. Como quiera que ostenta la guarda y custodia absoluta de su animal de compañía, al ingresar con este al centro comercial, exime y concluye toda responsabilidad a este último por los daños materiales, físicos y/o morales que el animal de compañía pueda ocasionar a terceros.
8. El tenedor o propietario asumirá la responsabilidad civil, administrativa o penal que se derive por cualquier acto del animal de compañía, por su tenencia animal; mantendrá inmediatamente al centro comercial por cualquier reclamación o cadena que se presente por estos hechos y reembolsara todos los gastos en que se incurra.
9. Los tendedores o propietarios deben cumplir con lo contenido en la Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia, especialmente en lo relacionado con la obligación de portar bozal, traílla o correa y las normas de salubridad, higiene y seguridad.
10. No se podrá dejar animales de compañía solos o atados en las entradas o áreas del centro comercial. Lo anterior se exceptúa para los perros guías o lazarillos que acompañen a su propietario o tenedor.
11. El animal de compañía debe cumplir con la reglamentación de vacunación y salubridad establecida en la legislación colombiana. El tendedor o propietario deben portar siempre el carnet de vacunación de animal de compañía. Este documento podrá ser requerido en cualquier momento por el centro comercial.
12. Evite ingresar perros de raza peligrosas o animales que no pueda controlar, especialmente ante el flujo constante de personas u otros animales.
13. Al ingresar con el animal de compañía al centro comercial se entiende aceptada la política de ingreso establecida en el presente documento.
14. El centro comercial se reserva la facultad de modificar o adicionar el presente documento en cualquier momento, de acuerdo con las políticas que considere más adecuadas para el funcionamiento del mismo.
15. A fin de garantizar la seguridad e integridad de sus visitantes, proteger la salubridad pública y evitar situaciones de peligro o incomodidad para las personas o para los animales, MULTIPLAZA PH se reserva el derecho de admisión en el evento que lo considere conveniente.
16. Está prohibido dejar mascotas o animales en el interior del vehículo.
Se procederá a solicitar el retiro de los tenedores y de sus animales en situaciones que afecten lo normal y tranquila estadía en el centro comercial o cuando no se cumpla con los requisitos mencionados en este documento.
POLÍTICA PARA INGRESO DE MASCOTAS O ANIMALES DE COMPAÑÍA
Multiplaza PH, permitirá el ingreso de animales de compañía siempre que los propietarios o tenedores cumplan con los siguientes parámetros:
CUIDA TUS MASCOTAS ES CULTURA MULTIPLAZA
Recuerda seguir estas recomendaciones en tu visita a Multiplaza, para que todos pasemos un rato agradable en el mall:
1. Para tu visita no olvides el kit de limpieza de tu mascota y hacerte cargo de su rutina. Este kit mínimo, debe estar compuesto por una bolsa de basura y toallas de limpieza.
2. Recuerda no se permite el ingreso de mascotas en las ZONAS DE COMIDAS piso 3 (plazoletas de comidas, restaurantes de mantel y cafés) y baños. apegados al código de policía y/o bajo el reglamento del c.c.
3. El ingreso a los locales de ropa/retail dentro del centro comercial está sujeto a las políticas internas de cada marca, es decir son las marcas quienes deciden si las mascotas pueden entrar a los establecimientos.
4. No se permite el uso de escaleras eléctricas para los perros. Únicamente pueden desplazarse por los ascensores.
5. Ten en cuenta que el ingreso al centro comercial con un animal de compañía está bajo tu responsabilidad, por lo tanto, debes cuidar las acciones o daños que las mascotas cause al centro comercial propios o terceros. Para los locales y zonas de comida se prohíbe el ingreso de mascotas. Código de policía y convivencia ART 94 ítem 4 y ART 117
6. En caso de que cualquier persona o mascota pueda resultar perjudicada por un animal, el dueño debe asumir total responsabilidad de los costos que se generen por el daño ocurrido.
7. No está permitido ingresar con tu mascota cuando este en periodo estral (comúnmente conocido como celo).
8. Como quiera que ostenta la guarda y custodia absoluta de su animal de compañía, al ingresar con este al centro comercial, exime y concluye toda responsabilidad a este último por los daños materiales, físicos y/o morales que el animal de compañía pueda ocasionar a terceros.
8. El tenedor o propietario asumirá la responsabilidad civil, administrativa o penal que se derive por cualquier acto del animal de compañía, por su tenencia animal; mantendrá inmediatamente al centro comercial por cualquier reclamación o cadena que se presente por estos hechos y reembolsara todos los gastos en que se incurra.
9. Los tendedores o propietarios deben cumplir con lo contenido en la Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia, especialmente en lo relacionado con la obligación de portar bozal, traílla o correa y las normas de salubridad, higiene y seguridad.
10. No se podrá dejar animales de compañía solos o atados en las entradas o áreas del centro comercial. Lo anterior se exceptúa para los perros guías o lazarillos que acompañen a su propietario o tenedor.
11. El animal de compañía debe cumplir con la reglamentación de vacunación y salubridad establecida en la legislación colombiana. El tendedor o propietario deben portar siempre el carnet de vacunación de animal de compañía. Este documento podrá ser requerido en cualquier momento por el centro comercial.
12. Evite ingresar perros de raza peligrosas o animales que no pueda controlar, especialmente ante el flujo constante de personas u otros animales.
13. Al ingresar con el animal de compañía al centro comercial se entiende aceptada la política de ingreso establecida en el presente documento.
14. El centro comercial se reserva la facultad de modificar o adicionar el presente documento en cualquier momento, de acuerdo con las políticas que considere más adecuadas para el funcionamiento del mismo.
15. A fin de garantizar la seguridad e integridad de sus visitantes, proteger la salubridad pública y evitar situaciones de peligro o incomodidad para las personas o para los animales, MULTIPLAZA PH se reserva el derecho de admisión en el evento que lo considere conveniente.
16. Está prohibido dejar mascotas o animales en el interior del vehículo.
Se procederá a solicitar el retiro de los tenedores y de sus animales en situaciones que afecten lo normal y tranquila estadía en el centro comercial o cuando no se cumpla con los requisitos mencionados en este documento.